¿Qué ley protege la dignidad humana?

¿Qué ley protege la dignidad humana?
¿Cuál es la ley que protege la dignidad humana

Artículo 1: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. La Declaración Universal de Derechos Humanos firmada en 1948 es, obviamente, un documento sobre los derechos humanos.

¿Qué leyes en Colombia protegen la dignidad humana

Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral. 2. Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.

¿Qué protege el artículo 1 constitucional

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servi dumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tra tos crueles, inhumanos o degradantes.

¿Qué dice el artículo 38 sobre la dignidad humana

Artículo 38. La dignidad del ser humano es sagrada, innata e inviolable; su respeto y protección constituyen una responsabilidad esencial de los poderes públicos.

¿Qué norma legal protege nuestro derecho a la dignidad e igualdad ante la ley

El Artículo 2° inciso 2° de la Constitución de 1993 aborda el tema del derecho a la igualdad de la siguiente manera: Toda persona tiene derecho: A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de ori- gen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cual- quier otra índole.

¿Qué establece el artículo 38 sobre la dignidad humana

Artículo 38. La dignidad del ser humano es sagrada, innata e inviolable; su respeto y protección constituyen una responsabilidad esencial de los poderes públicos.

¿Qué dice el artículo 51 dela Constitución Política de Colombia

ARTICULO 51. Todos los colombianos tienen derecho a vivienda digna. El Estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda de interés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecución de estos programas de vivienda.